🟢 ACTIVO FINANCIERO
Factura-e B2B

Factura Electrónica Obligatoria B2B (Ley Crea y Crece)

Ley 18/2022 · RD 238/2026

La factura electrónica entre empresas y profesionales pasa a ser obligatoria: formato estructurado conforme a la norma EN16931, doble vía (plataformas privadas y solución pública gratuita de la AEAT) y comunicación obligatoria de los estados y del pago efectivo, ligada a la lucha contra la morosidad. Distinta de Verifactu (software antifraude). Exigible al activarse la orden ministerial.

Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento listas para producir, y el agente razonando con citación literal verificada. Disponible desde el plan Pro.

Datos clave

A QUIÉN OBLIGA
Empresarios y profesionales que facturen a otros empresarios o profesionales (B2B) con sede en España, salvo facturas simplificadas. Calendario: 12 meses (volumen > 8 M€) y 24 meses (resto) desde la orden ministerial.
SANCIÓN MÁXIMA
Hasta 10.000 € (régimen sancionador de la Ley 18/2022)
EN VIGOR DESDE
31/03/2026 (RD 238/2026; aplicación diferida)
AUTORIDAD
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
FUENTE OFICIAL
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-7295

Fechas clave

  • 12 meses · volumen > 8 M€
  • 24 meses · resto

Obligaciones y artículos clave

El agente razona y cita literalmente sobre estos puntos. 5 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.

Ley 18/2022 Art. 12 · RD 238/2026
Obligación general de factura electrónica entre empresas y profesionales

La Ley 18/2022 (Crea y Crece) extendió la obligación de expedir, remitir y recibir factura electrónica a todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales (B2B). El RD 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, desarrolla el sistema. La obligación se aplica cuando el destinatario tenga sede, establecimiento permanente o domicilio en España, con la excepción de las facturas simplificadas. La factura en papel y los formatos no estructurados (PDF, hoja de cálculo, documento de texto) dejarán de ser válidos como factura electrónica una vez sea exigible la obligación.

RD 238/2026 · Formato
Formato estructurado conforme a la norma EN16931

La factura electrónica obligatoria debe ser un fichero estructurado de lectura automatizada, ajustado al modelo semántico de datos de la norma europea EN16931, en una de las sintaxis admitidas: XML CEFACT/ONU (CII), UBL, EDIFACT o Facturae. Cada factura debe llevar un código único que combine el NIF del emisor, el número y la serie de la factura y la fecha de expedición. Durante los primeros doce meses desde la entrada en vigor de la orden, las empresas obligadas deben acompañar la factura de una copia legible en PDF para los destinatarios que aún no estén obligados a recibirla, salvo aceptación expresa.

RD 238/2026 · Doble vía
Plataformas privadas y solución pública de la AEAT

El sistema combina plataformas privadas de facturación —sujetas a requisitos de seguridad, interoperabilidad e interconexión obligatoria entre ellas (operativa en un plazo máximo de un mes desde la solicitud)— y la solución pública de facturación electrónica gestionada por la AEAT, gratuita, que actúa como canal alternativo y como repositorio universal. Aunque se use una plataforma privada, debe remitirse simultáneamente a la solución pública una copia electrónica fiel de cada factura en sintaxis UBL. Las facturas emitidas por plataforma privada deben ir firmadas con firma electrónica avanzada, directa o delegada.

RD 238/2026 Art. 12 · Estados y pago
Comunicación de estados y del pago efectivo

Los destinatarios deben comunicar el estado de la factura —aceptación, rechazo y, de forma obligatoria, el pago efectivo completo— a la solución pública de facturación electrónica, con independencia de que se haya usado la solución pública o una plataforma privada. En ausencia de rechazo o de factura rectificativa posterior, las facturas se presumen aceptadas. Esta información alimenta el seguimiento de los plazos de pago B2B y el listado de empresas que incumplen los plazos legales, en conexión con la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad.

Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS

EVALUACIÓN INTERACTIVA
Árbol de decisión guiado

Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de Factura-e B2B aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.

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DOCUMENTOS QUE GENERA · 1
Plantillas legales listas para producir
  • Política de Adaptación a la Factura Electrónica Obligatoria B2B

Cruces con otros marcos

Estos marcos comparten obligaciones convergentes con Factura-e B2B. El agente las razona como un sistema, no como silos.

ACTIVO
Verifactu
ACTIVO
RGPD + LOPDGDD
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