Reglamento de Inteligencia Artificial
Reg. (UE) 2024/1689
El primer marco regulatorio mundial integral de la IA. Clasifica sistemas por nivel de riesgo: inaceptable (prohibido), alto, limitado y mínimo. Aplicación escalonada desde 02/02/2025 hasta 02/08/2027.
Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento listas para producir, y el agente razonando con citación literal verificada. Disponible desde el plan Pro.
Datos clave
- A QUIÉN OBLIGA
- Proveedores y deployers de sistemas de IA en la UE, especialmente alto riesgo (Anexo III) y GPAI.
- SANCIÓN MÁXIMA
- 35 M€ o 7 % de la facturación anual mundial
- EN VIGOR DESDE
- 01/08/2024
- AUTORIDAD
- AESIA (España) · AI Office (UE)
- FUENTE OFICIAL
- https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2024/1689/oj
Fechas clave
- Prácticas prohibidas · 02/02/2025
- Alfabetización en IA (Art. 4) · 02/02/2025
- GPAI · 02/08/2025
- Transparencia chatbots (Art. 50) · 02/08/2026
- Alto riesgo (Anexo III) · 02/08/2026 (Omnibus puede retrasar a 02/12/2027)
- Embebido en productos regulados · 02/08/2027
Obligaciones y artículos clave
El agente razona y cita literalmente sobre estos puntos. 6 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.
Quedan prohibidas: (a) manipulación subliminal o engañosa que cause o pueda causar daño; (b) explotación de vulnerabilidades por edad, discapacidad o situación socioeconómica; (c) scoring social por autoridades públicas; (d) predicción de criminalidad basada únicamente en perfilado; (e) recolección no dirigida de imágenes faciales para bases biométricas; (f) reconocimiento emocional en lugares de trabajo y educación (salvo médico/seguridad); (g) categorización biométrica para inferir raza, opinión política, religión, orientación sexual o sindical; (h) identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos por fuerzas de seguridad (con excepciones tasadas).
Un sistema de IA se considera de alto riesgo si: (a) es un componente de seguridad de un producto, o un producto en sí mismo, cubierto por la legislación de armonización del Anexo I; o (b) entra en alguna de las 8 categorías del Anexo III: biometría, infraestructura crítica, educación, empleo, acceso a servicios esenciales (crédito, seguros, ayudas), aplicación de la ley, migración/asilo, administración de justicia y procesos democráticos.
Se establecerá, implementará, documentará y mantendrá un sistema de gestión de riesgos en relación con los sistemas de IA de alto riesgo. El sistema consistirá en un proceso iterativo continuo planificado y ejecutado durante todo el ciclo de vida del sistema, e incluirá identificación de riesgos, estimación, evaluación y adopción de medidas.
(1) Los proveedores garantizarán que los sistemas destinados a interactuar con personas estén diseñados para informar a las personas de que están interactuando con IA. (2) Los sistemas que generen contenido sintético deberán marcarlo en formato legible por máquina como generado/manipulado artificialmente. (3) Los implementadores de sistemas de reconocimiento emocional o categorización biométrica informarán a las personas expuestas. (4) Los implementadores que generen deepfakes revelarán que el contenido es artificial.
Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS
Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de AI Act aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.
Iniciar evaluación →- Instrucciones de Uso del sistema de IA de alto riesgo
- Declaración UE de Conformidad
- Documentación Técnica conforme al Anexo IV
Cruces con otros marcos
Estos marcos comparten obligaciones convergentes con AI Act. El agente las razona como un sistema, no como silos.
Notas
AESIA ha publicado 16 guías prácticas (16/12/2025) y opera un sandbox con 12 proyectos seleccionados.
29 €/mes · garantía 60 días · sin tarjeta para probar