LO 7/2025 sobre Inteligencia Artificial en el Empleo
LO 7/2025
Primera norma nacional específica sobre el uso de IA en las relaciones laborales. Obliga a transparencia algorítmica, derecho de información a la persona trabajadora y a la representación legal, evaluación de impacto y supervisión humana significativa de las decisiones. Se articula con el AI Act para los sistemas de alto riesgo.
Estado en ÆGIS: activo. Flujo completo: evaluación guiada que detecta tus obligaciones, plantillas de documento listas para producir, y el agente razonando con citación literal verificada. Disponible desde el plan Pro.
Datos clave
- A QUIÉN OBLIGA
- Empresas que utilicen sistemas de IA para decisiones laborales (selección, evaluación, control).
- SANCIÓN MÁXIMA
- Sanciones administrativas LISOS + responsabilidad civil
- EN VIGOR DESDE
- 2025
- AUTORIDAD
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Obligaciones y artículos clave
El agente razona y cita literalmente sobre estos puntos. 5 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.
La empresa que utilice sistemas de inteligencia artificial para la adopción de decisiones que afecten a la relación laboral informará al trabajador, en el momento de su incorporación o cuando se implante el sistema, sobre: a) la existencia del sistema; b) la finalidad para la que se utiliza; c) los parámetros, criterios y variables principales en los que se basa, con un nivel de detalle suficiente para su comprensión; d) las consecuencias jurídicas o significativas que la decisión pueda producir; e) los mecanismos para ejercer el derecho a impugnar la decisión y solicitar revisión humana. La información se facilitará por escrito y en lengua comprensible. La existencia de secreto comercial no exime de la obligación de informar sobre los criterios principales.
La empresa informará a la representación legal de los trabajadores, con la antelación suficiente y, en todo caso, antes de la implantación, sobre: a) los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basen los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afecten a la toma de decisiones que puedan incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles; b) los resultados de la evaluación de impacto sobre los trabajadores; c) las medidas de supervisión humana implantadas; d) el régimen de actualizaciones y reentrenamiento del sistema. La representación legal podrá emitir informe en el plazo de quince días.
Las decisiones que afecten significativamente a la relación laboral —incluyendo extinciones, sanciones disciplinarias graves o muy graves, promociones, asignación a puestos con diferente nivel retributivo, evaluaciones que puedan fundamentar decisiones de las anteriores— no podrán adoptarse sobre la base exclusiva de un sistema de inteligencia artificial. Será preceptiva la intervención humana cualificada, que valorará la propuesta del sistema junto con cualquier otro elemento relevante y motivará la decisión final por escrito. La intervención humana debe ser significativa: el revisor humano debe tener capacidad real y autoridad para apartarse de la propuesta del sistema, no limitarse a un visto bueno formal.
Con carácter previo a la implantación de un sistema de inteligencia artificial que afecte a decisiones sobre el personal, la empresa realizará una evaluación de impacto que incluirá: a) descripción del sistema, finalidad y categorías de trabajadores afectados; b) riesgos para los derechos y libertades, en particular discriminación directa o indirecta por razón de género, edad, discapacidad, orientación sexual, origen racial o étnico, religión, ideología o cualquier otra circunstancia personal o social; c) medidas previstas para mitigar tales riesgos; d) régimen de supervisión humana; e) régimen de registro y auditoría de las decisiones. La evaluación se revisará periódicamente y, en todo caso, cuando se produzcan modificaciones sustanciales en el sistema o se detecten sesgos. Cuando el sistema sea de alto riesgo según el AI Act (Anexo III) la evaluación deberá ser consistente con el Art. 27 del Reglamento (UE) 2024/1689.
Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS
Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de LO 7/2025 IA empleo aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.
Iniciar evaluación →- Evaluación de Impacto de un Sistema de IA en el Empleo
Cruces con otros marcos
Estos marcos comparten obligaciones convergentes con LO 7/2025 IA empleo. El agente las razona como un sistema, no como silos.
29 €/mes · garantía 60 días · sin tarjeta para probar