🟢 ACTIVO SECTORIAL
Protección incendios (RIPCI)

Instalaciones de Protección Contra Incendios

RD 513/2017 · RD 164/2025

Instalación y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios (RIPCI, RD 513/2017, modificado por el RD 164/2025). El titular debe mantener las instalaciones mediante una empresa mantenedora habilitada (certificado de mantenimiento e informe, etiqueta de identificación en cada extintor, conservación de registros al menos 5 años), registrar la instalación en el órgano de industria de la comunidad autónoma salvo excepciones (p. ej. solo extintores y/o alumbrado de emergencia) y someterla a inspecciones periódicas (cada 10 años en general; cada 5 años en establecimientos industriales por el RSCIEI). El RD 164/2025 es obligatorio para los nuevos proyectos desde el 10/11/2025, fecha desde la que aplican también a los establecimientos industriales existentes las obligaciones reforzadas de mantenimiento.

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Datos clave

A QUIÉN OBLIGA
Titulares de establecimientos con instalaciones de protección contra incendios (extintores, bocas de incendio equipadas, detección y alarma, rociadores, alumbrado de emergencia): comercios, hostelería, almacenes, talleres, oficinas, locales industriales, centros sanitarios o educativos.
SANCIÓN MÁXIMA
Régimen de seguridad industrial (Ley 21/1992): infracciones graves y muy graves
EN VIGOR DESDE
Vigente · RD 513/2017; RD 164/2025 obligatorio para nuevos proyectos desde 10/11/2025
AUTORIDAD
Órganos de industria autonómicos · organismos de control habilitados
FUENTE OFICIAL
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-6606

Fechas clave

  • RD 164/2025 obligatorio nuevos proyectos · 10/11/2025

Obligaciones y artículos clave

El agente razona y cita literalmente sobre estos puntos. 5 referencias cargadas en el motor — muestra de 4.

RD 513/2017 · A quién aplica
Titular de un establecimiento con instalaciones de protección contra incendios

El RIPCI (RD 513/2017) regula la instalación y el mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios en los establecimientos: extintores, bocas de incendio equipadas (BIE), columnas secas, detección y alarma, rociadores y agentes extintores, alumbrado de emergencia y señalización. Afecta al titular de casi cualquier establecimiento con público o trabajadores: comercios, hostelería, almacenes, talleres, oficinas, locales industriales, centros sanitarios o educativos. La intensidad de la obligación depende de qué instalaciones tenga el establecimiento.

RD 513/2017 art. 12 · Mantenimiento
Mantenimiento periódico por empresa habilitada, certificado y registros

El titular debe asegurar el mantenimiento periódico de las instalaciones de protección contra incendios mediante una empresa mantenedora habilitada (o, excepcionalmente, ejecutándolo él mismo si se habilita como mantenedor y asume la responsabilidad). La empresa mantenedora entrega un certificado de mantenimiento y un informe técnico que relaciona los equipos con deficiencias o que no garanticen su funcionamiento. En cada extintor se coloca una etiqueta de identificación con la fecha del mantenimiento y de la próxima revisión. Los registros del mantenimiento deben conservarse al menos cinco años.

RD 513/2017 · Puesta en servicio y registro
Proyecto/certificado, registro en industria de la CCAA y comunicaciones

Para la puesta en servicio de determinadas instalaciones de protección activa contra incendios se requiere proyecto o documentación técnica y certificado de la empresa instaladora habilitada, y la instalación debe registrarse en el órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma (con excepciones, por ejemplo las que solo cuentan con extintores portátiles y/o alumbrado de emergencia). Cualquier modificación, cambio de titular o baja de la instalación debe comunicarse a ese órgano. El RD 164/2025 reforzó los requisitos de puesta en servicio y de documentación técnica.

RD 164/2025 · Inspecciones y plazos
Inspecciones periódicas y calendario del RD 164/2025

El RD 164/2025 (de 4 de marzo) modifica el RIPCI y aprueba el RSCIEI (establecimientos industriales). Entró en vigor el 10/05/2025; durante los primeros seis meses su aplicación fue voluntaria; es obligatorio para los nuevos proyectos desde el 10/11/2025, fecha desde la que también aplican a los establecimientos industriales existentes las obligaciones reforzadas de funcionamiento y mantenimiento. Las inspecciones periódicas del RIPCI se mantienen cada 10 años, pero dejan de ser obligatorias en lugares que cuenten únicamente con extintores portátiles y/o alumbrado de emergencia; en establecimientos industriales, la inspección por Organismo de Control habilitado es cada 5 años. Conviene revisar el calendario aplicable a cada instalación.

Qué puedes hacer con este marco en ÆGIS

EVALUACIÓN INTERACTIVA
Árbol de decisión guiado

Un cuestionario adaptativo determina qué obligaciones de Protección incendios (RIPCI) aplican a cada cliente y detecta sus brechas. El resultado alimenta los documentos y el universo de controles.

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DOCUMENTOS QUE GENERA · 1
Plantillas legales listas para producir
  • Procedimiento de protección contra incendios (RIPCI)

Cruces con otros marcos

Estos marcos comparten obligaciones convergentes con Protección incendios (RIPCI). El agente las razona como un sistema, no como silos.

ACTIVO
Seguridad industrial
ACTIVO
Autoprotección
ACTIVO
PRL
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