Saltar al contenido
← TODAS LAS ÁREAS
Sectores regulados · Registro de viajeros

Registro de viajeros — TE APLICA

La entidad comunica datos pero por un sistema anterior (papel o plataforma autonómica antigua), no por SES.HOSPEDAJES, que es obligatorio desde el 2 de diciembre de 2024. Debe migrar a SES.HOSPEDAJES, ampliar el conjunto de datos al exigido por el RD 933/2021 y asegurar la conservación tres años y el encaje con el RGPD.

Lo que tendrías que tener resuelto

Migrar a SES.HOSPEDAJES y ampliar el conjunto de datos RD 933/2021 (disposición de aplicación · 02/12/2024) high

Sustituir el sistema anterior por la comunicación telemática a SES.HOSPEDAJES, recoger el conjunto completo de datos exigidos (incluidos medios de pago y parentesco de menores) y mantener la conservación de tres años.

Todo esto se resuelve desde 9 €/mes — precio fundador, de por vida.

Facturado anualmente · micros de hasta 5 empleados: registro retributivo gratis

Ver planes fundador → Prefiero una demo

Acabas de ver una de tus áreas.

Esta es solo 1 de 22 áreas de cumplimiento posibles —y hay 79 marcos del derecho español y europeo detrás. Un profesional puede darte el mapa completo de lo que te aplica y ayudarte a cumplirlo. Déjanos tus datos y te contacta.

↻ Rehacer este diagnóstico Probar otra área →

Resultado orientativo según tus respuestas, con base en Registro de Viajeros (RD 933/2021) — Árbol de aplicabilidad y obligaciones (1.0.0). No sustituye al asesoramiento jurídico profesional. Puedes guardar o compartir el enlace de esta página: contiene tu resultado.