Las fechas que están en vigor hoy
El calendario lo fija el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE de 3 de diciembre de 2025), que modificó el del RD 1007/2023:
- 1 de enero de 2027 — contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 — el resto de obligados: autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente.
- 29 de julio de 2025 — los fabricantes de software ya debían tener sus sistemas adaptados. Esa fecha no se aplazó: si tu proveedor aún no lo está, es una señal.
Es el segundo aplazamiento en tres años. El calendario original decía julio de 2025, luego 2026, y ahora 2027. Por eso siguen circulando artículos con fechas que ya no valen: cada retraso tarda meses en llegar a los buscadores.
Qué se aplazó y qué no
Se movió la fecha de exigibilidad. No se movió nada más. Siguen plenamente vigentes la Ley 11/2021 (antifraude), el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RD 1007/2023) y la Orden HAC/1177/2024 con las especificaciones técnicas.
Dicho de otro modo: el fondo no está en discusión, solo el plazo para adaptarse. Tratar el aplazamiento como si la norma fuera a decaer es la lectura equivocada, y es la que lleva a llegar tarde.
A quién obliga y quién queda fuera
Alcanza a quien emita facturas con un sistema informático y esté establecido en territorio común: sociedades mercantiles, autónomos en estimación directa y objetiva, comunidades de bienes y entidades en atribución de rentas.
Quedan fuera: quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) y los territorios forales con sus propios sistemas (País Vasco y Navarra, con TicketBAI).
Circula la idea de que hay un umbral de facturación por debajo del cual no aplica. No existe tal umbral. Lo que hay son dos fechas distintas según el colectivo, no una exención por tamaño.
Qué tiene que cumplir tu software
Verifactu no es un programa que se descarga: es un conjunto de requisitos que debe cumplir el sistema que ya usas. En esencia, que cada factura genere un registro inalterable encadenado al anterior, con código QR y conservación garantizada.
Hay dos modalidades y las dos son legales: remitir los registros a la AEAT en tiempo real, o no remitirlos y conservarlos cumpliendo los mismos requisitos de integridad y trazabilidad.
La prueba de que tu software cumple es la declaración responsable del fabricante. Si tu proveedor no la tiene visible ni te la entrega, conviene preguntar por qué.
Qué hacer con 2026
2026 es periodo de pruebas voluntario. Lo sensato es tratarlo como año de preparación y no de espera:
- Confirmar con tu proveedor que el sistema está adaptado al RD 1007/2023 y pedirle la declaración responsable.
- Si facturas a mano o en hoja de cálculo, planificar el cambio con tiempo: Excel no puede garantizar la inalterabilidad ni el QR.
- Comprobar tu colectivo y tu fecha: enero de 2027 si eres sociedad, julio de 2027 en el resto de casos.
Quien deje la migración para el primer semestre de 2027 se encontrará el mercado de soporte saturado. Ese es el argumento práctico para no esperar, más que la sanción.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu es obligatorio en 2026?
No. El Real Decreto-ley 15/2025 aplazó la obligación: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. Durante 2026 la adaptación es voluntaria.
¿Puede volver a aplazarse?
Ha ocurrido dos veces, así que no puede descartarse. Lo que no cambia es el fondo: el reglamento está aprobado y en vigor, y lo que se mueve es el plazo de adaptación.
¿Hay algún umbral de facturación que me exima?
No. No existe una exención por volumen. Quedan fuera quienes están en el SII y los territorios forales con sus propios sistemas.
¿Puedo seguir facturando con Excel?
Hasta tu fecha, sí. A partir de ella no, porque una hoja de cálculo no garantiza la inalterabilidad del registro, el encadenamiento ni el código QR que exige el reglamento.
¿Verifactu y la factura electrónica de Crea y Crece son lo mismo?
No. Son obligaciones distintas y compatibles. Verifactu regula cómo se comporta el software de facturación; la Ley 18/2022 regula el formato de las facturas entre empresas y su desarrollo reglamentario sigue en tramitación.
Contenido revisado contra las fuentes oficiales el 2026-08-23. Las normas cambian: si lees esto mucho después, confirma las fechas.